Marginalidad Educativa - Educaciòn en los Campos

PARTICIPACION.

PARTICIPACION.
INSTRUMENTO QUE NOS DAN ALGUNAS LEYES Y LA CONSTITUCIÓN:LEY 136-142-152-388-- 131-

jueves, 21 de mayo de 2009

Reglamento Interno

NOS INTERESA ATODOS Y TODAS.



Amigos Comunales el Tablasome gustaria sus comentarios
REGLAMENTO INTERNO DE LA ASOCIACIÓN DE JUNTAS DE ACCIÓN COMUNAL DE LA LOCALIDAD SUR OCCIDENTE DEL DISTRITO ESPECIAL INDUSTRIAL Y PORTUARIO DE BARRANQUILLA-ATLANTICO



RESOLUCIÓN NO 02 DEL 05 DE ABRIL DE 2004, DE RECONOCIMIENTO Y EXISTENCIA




EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO INTERNO DEBE SER UNA HERRAMIENTA PRACTICA QUE FACILITE UN DESEMPEÑO CLARO, ÁGIL Y EFICAZ DE LOS QUE HACEMOS PARTE DE ESTA ASOCOMUNAL, DESDE SUS JUSTAS AFILIADAS DE SU JURISDICCIÓN A TRAVÉS DE SUS DELEGADOS Y DELEGADAS, QUE AYUDEN A LA INTERPRETACIÓN Y COMPRENSIÓN DE LA NORMATIVIDAD COMUNAL VIGENTE Y LOS ESTATUTOS.




PROPOSITOS:

 Trazar y definir pautas que conlleven al manejo adecuado de los recursos que tiene y maneja la Asocomunal del Sur Occidente
 Fijar reglas claras para el desempeño de los y las que integramos los distintos órganos internos de la Asocomunal.
 Definir los procedimientos administrativos para el funcionamiento de la Organización.
 Definir normas disciplinarias que orienten el correcto desempeño de los Delegados y Delegadas.
 Garantizar el buen funcionamiento y el desarrollo de las reuniones de los diferentes órganos.








Reglamento Interno de Asamblea General de La Asocomunal del Sur Occidente de Barranquilla:

1. Para las JAC Afiliadas; sus Delegados y Delegadas:

La Asocomunal del Sur Occidente de Barranquilla, de conformidad a los artículos 10 y 11 de sus Estatutos, y 22,23 y 24 de la Ley Comunal 743 de 2002, que establecen el carácter democrático consagrado en los principios de respeto y participación que deben ser observados y acatados por las Juntas de Acción Comunal de su Localidad afiliadas a ella en representada por sus Delegados y Delegadas, son la razón de esta, en este caso son el recurso indispensable para el que hacer de esta Asocomunal

1.1 Para poder ejercer los derechos y deberes dentro de cualquier órgano de la Asocomunal del Sur Occidente, es indispensable, acreditar su permanencia mediante la resolución o acto administrativo espedido por el organismo estatal de conformidad al Literal c) del Articulo 16 de la Ley Comunal y los Articulo 4º y 8º del Decreto 2350 de 2003.
1.2 La asistencia de los Delegados y Delegadas, a las asambleas y/o reuniones de los distintos organismos de la Asocomunal Sur Occidente, debe ser personal y es indelegable.
1.3 Los Delegados y Delegadas que no asistan a las reuniones en las que estén, comprometidos, deberán presentar excusa por escrito con setenta y dos (72) horas de anticipación a su notificación, justificando su ausencia, de lo contrario se considera para los efectos disciplinarios.
1.4 Sin incurrir en detrimento de sus derechos y los principios de la Asocomunal Sur Occidente, le esta prohibido a sus Delegados y Delegadas:

 Delegar a otra persona la participación en las asambleas o reuniones y eventos en los que se ha delegado a nombre de la Asocomunal Sur Occidente
 Presentarse a las asambleas o reuniones en estado de embriaguez o haber ingeridos sustancias alucinógenas o fumar en ellas.
 Hacer uso de la palabra sin que le sea concedida por quien la esta presidiendo o coordinando.
 Hablar y actuar en nombre de la Asocomunal Sur Occidente, sin la previa autorización de la asamblea o delegación de algunos de sus órganos.
 Provocar situaciones de bochorno que desvíen el curso de las discusiones previstas en el orden del día, inciten al desorden y atenten contra el normal desarrollo de la reunión.
 Retirarse de las reuniones sin autorización o causa justificada
 Comprometer el nombre de la Asocomunal Sur Occidente a nivel externo, o la participación e intervención en las reuniones y asambleas, de personas o instituciones, sin la previa consulta con la mesa directiva






2. Para las Reuniones:
Las reuniones de los Delegados y Delegadas en cualquiera de las condiciones en que cada uno le corresponda, constituyen el mas importante espacio donde se determinan el que hacer de la Asocomunal Sur Occidente en sus distintos órganos. Las reuniones pueden ser: De Asamblea. De Dignatarios y Dignatarias. De mesa Directiva. De Secretarias Ejecutivas. De Comisión Empresarial. De Delegados y Delegadas. De Comisión de Convivencia y Conciliación.
2.1 Las reuniones de Asamblea general de Delegados y Delegadas son las reuniones donde se toman las máximas decisiones de la Asocomunal Sur Occidente.
2.2 Las reuniones de Asambleas general ordinarias, se realizaran trimestralmente (Articulo 18. Estatutos de esta Asocomunal.
2.3 Las Asambleas general Ordinarias y/o Extraordinarias serán dirigidas por la President€ de la Asocomunal Sur Occidente salvo el caso que se apruebe por mayoría la propuesta que se le va a cuestionar su gestión, en tal caso y si existe el merito, se dará su separación temporal.
2.4 Excepto en las reuniones de asambleas que se puede aplicar el quórum supletorio (Literal b) y c) Articulo 19), todas las reuniones de los distintos órganos comenzara máximo treinta (30) minutos pasados de su convocatoria.
2.5 Todas las reuniones, incluidas las de Asambleas de Delegados y Delegadas, Mesa Directiva, tendrán una duración máxima de cuatros (4) horas, si de acuerdo al tema tratado se hace necesario continuar, deberá aprobarse una prórroga que no podrá ser superior a una hora treinta minutos (01:30), pasados estos se programara con un espacio de veinticuatros (24) horas
2.6 Las convocatorias a las reuniones de Mesa Directiva, de Asamblea general Ordinarias y/o Extraordinarias y demás Dignatarios las hará la President@, a través de la Secretaria General a los Delegados y Delegadas acreditad@s formalmente ante Asocomunal Sur Occidente por intermedio del o la President@ de la JAC registrada en la misma. Con una antelación no inferior a ocho (8) ni superior a quince (15) días de la fecha de la reunión.
2.6 El Vicepresidente, se reunirá bimensualmente con las Secretarias Ejecutivas con el fin de tener un armónico desarrollo de las tareas en pro de las Juntas afiliadas. Para las convocatorias, se deberá tener muy en cuenta el tiempo señalado en el numeral anterior, y debe ser firmada por el Vicepresidente, por la Secretaria General o en su defecto por la secretaria que delegue los Secretaria@s Ejecutiv@s
2.7 Las reuniones de Mesa Directiva, Secretarias Ejecutivas, Comisión Empresariales, Comisión de Convivencia y Conciliación, se realizaran en la sede oficial que tiene la Asocomunal Sur Occidente Calle 47C No 22 99 Barrio Alfonso López.
2.8 Las reuniones de la Mesa Directivas serán bimensuales; y se harán los segundos y los antepenúltimos días de cada mes cuando estos caigan en festivos se correrán automáticamente al día que precede.
2.9 Salvo las reuniones extraordinarias que tienen un solo objetivo, las demás reuniones de asamblea, se desarrollaran teniendo en cuenta el siguiente esquema de orden del día:
 Asistencia y verificación del quórum
 Himno de la Acción Comunal.
 Lectura, Discusión y Aprobación del Acta Anterior.
 Presentación de los Informes.
 Análisis y Discusión.
 Proposiciones y Conclusiones.
2.10 Los infórmenes Generales como los Comisión Empresarial, Secretarias Ejecutivas y Contables deben ser entregados por escritos y sustentados o aclarados por el o los responsable.



3. DE LAS INTERVENCIONES:
Para el logro de los objetivos propuestos de la Asocomunal Sur Occidente y el aprovechamiento al máximo del tiempo de los que en ella participamos y para un mejor control se debe cumplir y tener presente lo siguiente:
3.1 Las Intervenciones será otorgada por quien preside la reunión.
3.2 La Intervención de los Delegados y Delegadas en cualquiera de las reuniones enunciadas anteriormente, tendrá una duración máxima de cuatros (4) minutos y no podrá hacerse mas de dos (2) Intervenciones sobre un mismo tema.
3.3 Según los temas a tratar, la Asocomunal Sur Occidente representados y representadas en sus diferentes órganos y quienes la integran se reserva el derecho de aprobar o no las intervenciones o incluso de suspenderlas o negarlas si lo considera pertinente.
3.4 La intervención de personas no afiliadas o no delegados y de entidades privadas o estatales, deberá ser aprobadas por la mesa directiva o el órgano pertinente, previa solicitud del o los interesados o interesadas por escrito con un mínimo de setenta y dos (72) horas antes de la reunión donde se quiere participar. Estas intervenciones tendrán una duración máxima de veinte (20) minutos y en una misma se permitirán dos (2) intervenciones de ese tipo.
3.5 Si se juzga pertinente y el tema requiere de más tiempo del reglamentado, se someterá a la consideración de los Delegados y Delegadas la decisión de ampliar o no el tiempo de la intervención.
3.6 Con el fin que las reuniones sean ágiles y para su adecuado desarrollo, los participantes en ella podrán hacer uso de las mociones de: Interpretación, Orden, Suficiente Ilustración.
3.7 De todas formas, las intervenciones quedaran condensadas en el libro de actas que para tal fin lleva esta Secretaria General y de ser necesario se le dará traslado al órgano pertinente para su conocimiento y fines.
4. Del Régimen Disciplinario.
Constituyen objeto de sanción entre, los siguientes hechos:
4.1 Irrespeto a los Delegados y Delegadas, a los Dignatarios de las Juntas afiliadas o no expresiones de burla, injurias y calumnias.
4.2 La falta injustificada y reiterada a tres (3) de los órganos de los que parte el Delegado o Delegada.
4.3 Violación a la Normatividad Comunal Vigente, Los Estatutos y Reglamentos Internos., De la Asocomunal Sur Occidente.
4.4 La apropiación, retención o uso indebido de los bienes, fondos, recursos, documentos, libros, sellos o demás pertenencias de Asocomunal Sur Occidente.
4.5 El uso arbitrario del nombre de Asocomunal Sur Occidente o de algunos de sus Órganos, para el desarrollo de actividades con fines particulares o partidista.
4.6 Reiteradas llegadas tardes a las reuniones o de compromisos asumidos.
4.7 Incumplimiento de las obligaciones y funciones asignadas en los Estatutos y Reglamentos.
4.8 Sanción por parte de organismos comunales donde pertenezca, con sujeción al debido proceso.
4.9 Entorpecimiento de actividades y programas por negligencia comprobada.
4.10 El mal comportamiento en eventos o actos donde este como representante.
4.11 La Asocomunal Sur Occidente, a través de su Comisión de Convivencia y Conciliación, acatando el debido proceso, podrá aplicar el siguiente régimen sancionatorio previa valoración de la gravedad de la falta:


 Llamado de atención.
 Multas por llegadas tardes a las reuniones de los distintos órganos o privación del uso de la palabra en la que reunión esta en curso,
 Llamado de atención verbal en la Asamblea General de Delegados y Delegadas.
 Llamado de atención por escrito firmado por la Presidenta.
 Suspensión de los derechos de los Delegados y Delegadas hasta por tres (3) meses.
 Suspensión definitiva del Delgado o Delegada de la Asocomunal Sur Occidente.
 Denuncia ante el organismo de Inspección Vigilancia y Control competente.
4.12 Las multas cuando se impongan en dinero, tendrán como base el valor por hora de salario mínimo legal vigente, las multas se ingresaran a los fondos comunes de la Asocomunal Sur Occidente.
4.13 Para la aplicación inicial al implicación de este código, el debido proceso se establece así:
Notificación inicial al implicado y/o la implicada.
Audiencia de descargo ante el órgano afectado.
Si se confirma la falta en esa instancia, se inicia el proceso sancionatorio., el cual empieza con el llamado de atención verbal.
Si es necesario, se hace traslado a la Comisión de Convivencia y Conciliación y a partir de allí se seguirá los procedimientos que rigen en este organismo.
En todo caso, la notificación sobre cualquier decisión debe registrase bien en el libro de actas que se lleva en la Secretaria General y en, el que para tal fin lleva la Comisión de Convivencia y Conciliación de la Asocomunal Sur Occidente, y notificarse por escrito a el presunto Dignatario o presunta Dignataria.

Este reglamento Interno de Trabajo de la Asocomunal Sur Occidente, fue discutido y aprobado en la Asamblea General de Delegados y Delegadas, que se efectuó el día___ del mes de _____ de 2009

Para constancia firma

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Presidenta Secretaria General

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